• Inicio
  • Blog
  • INSTALACIÓN DE CEPOS, HORQUILLAS O BOLARDOS EN LAS PLAZAS DE APARCAMIENTO DE LOS GARAJES COMUNITARIOS

INSTALACIÓN DE CEPOS, HORQUILLAS O BOLARDOS EN LAS PLAZAS DE APARCAMIENTO DE LOS GARAJES COMUNITARIOS

En qué términos debe llevarse a cabo la instalación de dichos sistemas como solución para evitar que nuestra plaza de garaje sea ocupada por un tercero.

¿Qué son los cepos, horquillas, bolardos y las barreras de seguridad abatibles?

Son obstáculos que marcan el límite de la plaza de garaje y que se colocan con el fin de garantizar el uso exclusivo de la misma a su propietario, impidiendo que un tercero que no sea su dueño aparque en ella sin consentimiento.

¿Se pueden colocar estos dispositivos en la plaza de garaje comunitario sin autorización de la Comunidad de Propietarios?

El propietario de un piso o local (en este caso, de una plaza de aparcamiento) puede realizar obras en su elemento, por lo que, si la plaza de garaje tiene un coeficiente sobre el total de la Comunidad de Propietarios, de la misma manera que las viviendas y locales, es decir, es un elemento privativo, si podrá instalarlos.

Por tanto cada propietario puede realizar las obras permitidas en los estatutos, como es la colocación de cepos para garantizar su uso exclusivo, que en ningún caso puede alterar la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exterior, ni perjudicar a otro propietario (Ar. 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal), por lo que antes de colocar el cepo o barrera en la plaza de aparcamiento hay que revisar los estatutos de la comunidad de vecinos por si hubiera alguna disposición que impidiese su colocación y no hacer la instalación sin contar con la Junta de Propietarios.

En algunas ocasiones lo que se pretende es un cerramiento total de la plaza de aparcamiento, en estos casos se precisa el acuerdo adoptado por unanimidad de la Comunidad de Propietarios, toda vez que esta forma de cerramiento sí altera la configuración y estructura del edificio.

¿Dónde no pueden colocarse los cepos, horquillas, bolardos y las barreras de seguridad abatibles?

Aunque la plaza de garaje es de uso privativo y está enmarcada dentro de los límites, el resto del espacio al margen de estos, así como sus instalaciones y suministros es zona común, por lo que de acuerdo con el Art. 394 del Código Civil: “Cada partícipe podrá servirse de las cosas comunes, siempre que disponga de ellas conforme a su destino y de manera que no perjudique el interés de la comunidad, ni impida a los copartícipes utilizarlas según su derecho”.

Por tanto la instalación de cepos, horquillas o bolardos se debe situar dentro del espacio delimitado por las líneas de la plaza de garaje en cuestión, no se pueden ocupar espacios comunes e impedir la maniobrabilidad o circulación de otros vehículos, dado que en este caso sería de aplicación lo dispuesto en el Art. 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, que dice: “Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas“.

Finalmente, lo mismo que los cepos y bolardos no se pueden colocar fuera de los límites de la plaza de garaje, tampoco se pueden aparcar vehículos, motos o bicicletas cuya superficie exceda de lo marcado y que impidan al titular del aparcamiento colindante el uso del mismo; o destinar la plaza de garaje a más de lo que confiere su destino, por lo que tampoco se puede convertir en un trastero o almacén, actividades que pueden ser calificadas como molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas de acuerdo con el Art. 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal.

Departamento de Derecho Civil
SGVG Abogados

Otros artículos relacionados

Accidentes de tráfico (I): Parte amistoso, atestados y aseguradoras

Este es el primero de una serie de entradas encaminadas a aconsejar a aquellas personas que se vean inmersas en un accidente de tráfico, algo que a priori puede parecer muy problemático pero que con una buena gestión puede resolverse sin grandes esfuerzos.

Esta Guía (I) se va a referir al momento inmediatamente siguiente al accidente y los trámites básicos con la aseguradora.
  •  El primer consejo que puedo dar es el de es no perder la calma ni los nervios con el conductor del otro vehículo, para solucionar el problema los mas rápido y limpiamente posible y evitar que un simple accidente de tráfico se convierta en algo más grave.
  •  Si no queda otro remedio que mover el vehículo porque se está formando un embotellamiento y el resto de los conductores amenazan con pasarnos por encima, sacad unas fotos de los vehículos tal y como quedaron después de la colisión para evitar luego cambios en las versiones del siniestro y los podéis retirar al arcén o a un lugar donde permitan pasar al resto de usuarios de la vía.

Acceder

Accidentes de tráfico (II): Si se llega a juicio

(Continuación de Guía de actuación en accidentes de tráfico (I): Parte amistoso, Atestados y Aseguradoras)

En esta Guía me voy a referir a qué pasa cuando el asunto se judicializa, es decir, cuando a consecuencia de un accidente de escasa importancia nos vemos en el Juzgado porque nos han denunciado.

Acceder

Accidentes de tráfico (III): Reclamación

Esta tercera Guía de actuación en accidentes de tráfico esta dedicada a aquellos casos en los que el que resulta lesionado, aunque sea leve, es uno mismo, por si procediera reclamar, ya sea por vía penal, vía civil o ambas.

Acceder

Guía para la Compraventa de Coches de Segunda Mano

Guía para la Compraventa de Coches de Segunda Mano

Viene siendo habitual que los particulares adquieran vehículos de segunda mano a otros particulares, sin intervención de un intermediario profesional, especialmente en el mercado de coches clásicos. Además, en la actual situación de crisis ha derivado en que muchos propietarios se vean en la necesidad de deshacerse de sus vehículos y a otros muchos a la de adquirir el que necesitan en el mercado de vehículos usados. Esto ha dado lugar a un aumento del volumen de conflictos jurídicos en esta materia, teniendo en cuenta las condiciones y el contexto en el que se firman estos contratos de compraventa de coches.

Por todo ello, este decálogo pretende servir de ayuda a aquellos que se plantean la adquisición de un vehículo de segunda mano a un particular y evitar, en la medida de lo posible, algunos problemas típicos que con relativa frecuencia se vienen planteando en nuestro despacho.

Acceder

COMPRA DE UN VEHÍCULO MEDIANTE FINANCIACIÓN

COMPRA DE UN VEHÍCULO MEDIANTE FINANCIACIÓN

Importante leer la letra pequeña más allá del precio.

Cualquiera que durante los últimos años haya comprado un vehículo o tenido intención de hacerlo, ha podido observar que si decide abonarlo en efectivo le resultará más caro que si lo financia; puede resultar paradójico, pero es habitual que las marcas automovilísticas ofrezcan un mejor precio a quien desee adquirir un vehículo mediante financiación; ahora bien, un descuento sustancioso no implica que la financiación finalmente resulte más interesante.

Acceder

¿ES OBLIGATORIO TENER ASEGURADO EL VEHICULO QUE NO SE UTILIZA?

¿ES OBLIGATORIO TENER ASEGURADO EL VEHICULO QUE NO SE UTILIZA?

Cualquier propietario de un vehículo a motor sabe de la obligación de tener suscrito y en vigor un contrato de seguro que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio la responsabilidad civil que garantice los daños causados a las personas o en los bienes con motivo de la circulación, dicho seguro es conocido como seguro a terceros.

Acceder

INSTALACIÓN DE CEPOS, HORQUILLAS O BOLARDOS EN LAS PLAZAS DE APARCAMIENTO DE LOS GARAJES COMUNITARIOS

INSTALACIÓN DE CEPOS, HORQUILLAS O BOLARDOS EN LAS PLAZAS DE APARCAMIENTO DE LOS GARAJES COMUNITARIOS

En qué términos debe llevarse a cabo la instalación de dichos sistemas como solución para evitar que nuestra plaza de garaje sea ocupada por un tercero.

Acceder

COMPRAVENTAS DE VEHICULOS ENTRE PARTICULARES

COMPRAVENTAS DE VEHICULOS ENTRE PARTICULARES

En la actual situación de crisis económica, se han incrementado las ventas de vehículos de segunda mano entre particulares. Uno de los problemas que esta situación puede acarrear es la de que el comprador no haga la transferencia, el vehículo continúe a tu nombre y se deriven para ti responsabilidades de toda índole.

Acceder

Etiquetas:, , , , , , , , , ,

Deja un comentario

Debes iniciar sesión para dejar un comentario.

Dónde Encontrarnos

Si usted tiene un problema jurídico puede contactar con nosotros
a cualquier hora por email o por teléfono 987253012.
Si prefiere contárnoslo en persona también puede pedir cita,
o bien acudir sin cita previa a nuestro despacho en el centro de León de
8.00 a 14.00 h de lunes a viernes.

Su Consulta

Contacto Principal
  • Aristóteles

    El ignorante afirma, el sabio duda y reflexiona.

    Aristóteles

  • Plutarco

    Para saber hablar es necesario saber escuchar.

    Plutarco

  • Sir Francis Bacon

    Nada se sabe bien sino por medio de la experiencia.

    Sir Francis Bacon

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies