• Preguntas Frecuentes
  • Preguntas Frecuentes

    Preguntas Frecuentes

  • Cómo pedir cita.

    Para acudir a nuestro despacho puede presentarse sin cita previa los martes y jueves de 18 a 20.

    Si lo prefiere podemos concertar con usted una cita de lunes a viernes y de 9 a 21, solicitándola con antelación vía email, teléfono o rellenando nuestro formulario de contacto. Le contestaremos con la mayor brevedad.
  • ¿Tengo una clausula suelo?
    ¿Es ilegal? ¿Qué hago?

    En nuestro Despacho analizamos su hipoteca sin ningún coste. Si detectamos alguna ilegalidad y decide reclamar al banco puede salirle GRATIS, solo cobramos si usted cobra.



    Se tienen que dar una serie de condiciones y por ello debemos examinar su hipoteca. Comprobada su concurrencia, firmamos con usted un contrato de servicios donde se establezca que nosotros solo cobramos si el juez nos da la razón, mediante la cuota Litis.

    El motivo por el que hacemos esto es porque los tribunales están reconociendo la nulidad de estas cláusulas y, habitualmente, también las costas del procedimiento (incluidos honorarios del abogado y procurador). Esto implica que además de indemnizarle, se está condenando al banco a pagar lo que cueste el procedimiento judicial.

    Para más información sobre las cláusulas suelo lea este artículo.

    Para poder beneficiarse de esta oferta tiene tres opciones:
    • Venir a nuestro despacho mediante (cita previa) con su contrato de préstamo hipotecario (no la escritura de compraventa)
    • Llamarnos al 987 25 30 12.
    • O rellenar el siguiente formulario y nos pondremos en contacto con usted.
        [contact-form-7 id=»1233″ title=»Clausula Suelo»]
  • ¿Qué es la cuota Litis?

    Consiste en un acuerdo entre el Abogado y el cliente en virtud del cual, éste, sólo paga al Abogado un porcentaje de la cantidad que se obtenga del asunto una vez finalizado éste. Hasta el año 2008 estaba prohibida, pero actualmente tras la Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de Noviembre de 2008, se acepta porque entra dentro de los derechos de libre competencia.
  • ¿Qué es una minuta?

    Una minuta es la factura que emite el Abogado cuando finaliza sus servicios. Debe contener, como mínimo, número y fecha, los datos completos del cliente, los conceptos por los que se cobra, la cantidad total a pagar, el IVA correspondiente y la Retención, si lleva retención (así cuando se minuta a Sociedades., empresas o Comunidades de Propietarios, entre otras)
  • ¿Qué gastos puede ocasionar un proceso judicial?

    Fundamentalmente un proceso judicial acarrea los gastos que conlleve la intervención de un Abogado y un Procurador (si se precisa de éstos) y los gastos de especialistas o peritos a los que se tenga que recurrir (médicos, arquitectos, ingenieros … ) o cualquier otro professional cuyos conocimientos sean necesarios para convencer al Juez acerca de lo que se está reclamando.
  • ¿Cuándo es necesaria la intervención de un Abogado o de un Procurador ?

    Vaya por delante que, incluso en los procesos más simples pueden acarrear complejidades jurídicas que escapan de los conocimientos del ciudadano medio y siempre resultará aconsejable acudir a un profesional que, cuando menos, nos indique los pasos a seguir.

    Con carácter general, en el ámbito civil, no se necesita ni abogado ni procurador en la petición inicial de los procedimientos monitorios, ni en aquellos juicios verbales cuya cuantía sea inferior a 2000 €.

    En el ámbito penal, siempre que una persona es detenida tiene derecho a nombrar o a que le sea designado un abogado para su defensa. Su intervención es obligatoria durante la tramitación de todo el procedimiento judicial y ostentará también la representación del imputado.

    El procurador sin embargo, sólo será necesario en los casos en los que se acuerde la apertura del juicio oral.

    En el ámbito laboral no es obligatoria la presencia ni de abogado, ni de procurador.

    En la jurisdicción contencioso-administrativa es necesaria la intervención de abogado. La del procurador dependerá de que se tenga que actuar ante un órgano unipersonal (Juzgado), en cuyo caso no es necesaria, o ante un órgano colegiado (Tribunal o Audiencia), donde si que es obligatorio.
  • ¿Además de el proceso judicial, que otros medios de solución de conflictos existen?

    En primer lugar existe la mediación. El RD 5/2012 define la mediación como «aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador”.

    La mediación consiste en una reunión donde las partes exponen sus posturas e intentan acercar posiciones, plasmando el acuerdo por escrito en un acta que tiene caracter vinculante para los intervinientes. Este despacho esta habilitado para llevar a cabo intervenciones de (Mediación Civil y Mercantil).

    Otro medio de resolver conflictos es la Jurisdicción voluntaria que permite por ejemplo que los divorcios lleven a efecto en la Notaría siempre que exista acuerdo entre las partes y no haya hijos menores.
  • ¿Qué son las tasas judiciales ¿Me afectan a mí?

    Las tasas son un tributo que se tiene que pagar por acudir a los Juzgados y Tribunales. Desde el 27 de Febrero de 2015, las personas físicas están exentas y solamente lo tienen que pagar los personas jurídicas.
  • ¿Qué es la justicia gratuita?

    La Justicia gratuita es un derecho que le reconoce la Constitución a todas las personas derivado del derecho a la tutela judicial efectiva de Jueces y Tribunales. Supone la posibilidad de tener un Abogado y un Procurador (si se precisa de uno) cuyos honorarios paga el Estado, siempre y cuando se acredite que no se tienen suficientes recursos para litigar. Se solicita a través del propio Juzgado donde se sigue el procedimiento correspondiente o directamente en el Colegio de Abogados.

Dónde Encontrarnos

Si usted tiene un problema jurídico puede contactar con nosotros
a cualquier hora por email o por teléfono 987253012.
Si prefiere contárnoslo en persona también puede pedir cita,
o bien acudir sin cita previa a nuestro despacho en el centro de León de
8.00 a 14.00 h de lunes a viernes.

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