Archiv para abril, 2018

La Justicia constitucional y la justicia paralela

Establece nuestra Constitución en su artículo 117 que “2. El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan”, dejando bien claro que “3. Los Jueces y Magistrados no podrán ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados, sino por alguna de las causas y con las garantías previstas en la ley”.

FONDOS BUITRE | Evitar la reclamación de deuda

Es bastante habitual que los bancos o grandes compañías vendan sus carteras de clientes deudores a los denominados fondos buitres, empresas cuya actividad consiste en comprar o invertir en deuda de una entidad que se considera de difí­cil o complicada recuperación o ejecución, para que sean estas empresas las que se encarguen del cobro de las mismas.

COMUNIDADES | Responsabilidad por impago de cuotas tras la venta

Como todos sabemos, los propietarios de las viviendas y locales de un edificio deben contribuir a los gastos ordinarios y extraordinarios del mismo en proporción a los coeficientes que constan en la escritura de división horizontal. Sin embargo, se ignora en ocasiones que al vender una vivienda o local hay que comunicar “fehacientemente” al administrador o a la presidencia de la Comunidad que se ha transmitido el inmueble a otra persona, ya que si quien lo adquiere no comunica esta adquisición para que le giren a él las cuotas de la comunidad, corre el riesgo de que, aún después de haber vendido el piso o local y no ser ya propietario, le traten de cobrar las cuotas que haya dejado de pagar el nuevo propietario.

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