QUÉ DELITOS SE ENJUICIAN Y QUIENES FORMAN EL JURADO
Nuestra legislación ha previsto, al igual que sucede en otros países de nuestro entorno, que una vez acabada la instrucción o investigación judicial tras la comisión de una infracción penal, determinados delitos sean enjuiciados por lo que se denomina un Tribunal de Jurado que se conforma en el ámbito de las Audiencias Provinciales y está compuesto por NUEVE CIUDADANOS (y dos suplentes) y un Magistrado, ante los cuales se celebra el juicio propiamente dicho.
Sentada en el sillón de mi despacho y, mientras repasaba las últimas noticias sobre el veredicto del Jurado en el juicio de Isabel Carrasco me ha dado por pensar acerca de la actuación de esas personas anónimas (5 hombres y 4 mujeres) a quienes un día el sistema judicial puso en sus manos la suerte de las tres acusadas para que decidiesen sobre lo que va a ser de sus vidas los próximos 22 años.
En este punto de mi reflexión me acordé de esa excelente película que está en la mente de todos, “Doce hombres sin piedad” de Sidney Lumet, en la que un miembro del jurado, el único que tiene una mínima duda acerca de la inocencia del reo, va convenciendo a los otros once, que van cambiando su forma de pensar, de manera que resulta finalmente un veredicto de inocencia.
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