CLAUSULA ABUSIVA | IRPH (Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios)
Muy buenas noticias para los afectados: el Abogado General del TJUE ha presentado sus conclusiones el 10 de septiembre de 2019: considera que el IRPH puede ser abusivo por falta de transparencia.
En numerosas escrituras de préstamo/crédito hipotecario se incorpora una cláusula estableciendo que el tipo de interés de referencia aplicable para calcular el tipo de interés nominal anual variable, es el Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (I.R.P.H.) definido en la Resolución de 4 de Febrero de 1991, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera (B.O.E. de 9 de Febrero de 1991). El IRPH, es uno de los indicadores usados por las entidades financieras para referenciar los préstamos hipotecarios a interés variable.