EFECTOS FISCALES DE LOS REGALOS DE EMPRESA Y CENAS NAVIDEÑAS
Tradiciones de las que también participa Hacienda. Un tema recurrente al acercarse estas Fiestas.
Tradiciones de las que también participa Hacienda. Un tema recurrente al acercarse estas Fiestas.
Este año, las Navidades van a ser distintas, las empresas y los despachos van a tener que prescindir de las cenas y comidas de empresa, una celebración que, junto con los obsequios navideños, podía deducirse a efectos fiscales.
Ello no impide que no se pueda agradecer el esfuerzo extra de los empleados, después de un año difícil, obsequiándoles con cestas y regalos navideños. Una tradición de la que también participa Hacienda.
En la mayor parte de los países los beneficios empresariales están gravados a través de un impuesto distinto del que grava las rentas personales –así, en España existe el Impuesto de Sociedades (IS)–. Sin embargo, los dividendos pagados por las sociedades mercantiles a sus accionistas, así como las ganancias patrimoniales obtenidas al enajenar estos sus acciones, también tributan a nivel personal –en el caso de España, a través del IRPF–, lo cual nos podría llevar a concluir que se trata de una situación de doble imposición económica, es decir, una misma renta sujeta a más de un gravamen, aunque sea en personas distintas.