El actual estado de alarma ha afectado y va a seguir afectando gravemente a los eventos y acontecimientos sociales, los que estaban previstos durante el confinamiento y no se pudieron celebrar y los señalados para próximos meses sobre los que existe una absoluta incertidumbre. Entre esos eventos, no podemos pasar por alto el hecho de que numerosas parejas se han visto forzadas a posponer o cancelar su boda, y hay otras muchas pendientes que van a resultar afectadas en los próximos meses, hasta después del verano.
Criterios a seguir en relación con las suspensiones de contratos de trabajo y reducciones de jornada durante la fase de desconfinamiento.
La evolución de la crisis sanitaria derivada del COVID 19 ha originado la adopción de un conjunto de medidas en los distintos órdenes, entre ellas, con especial intensidad y trascendencia, medidas de carácter laboral.
La cuestión que se nos plantea en los difíciles momentos que atravesamos es la siguiente: ¿Sería responsable el Estado por los daños y perjuicios causados por el COVID-19 y, en consecuencia, estaría obligado a indemnizar por ellos?
Es indudable que la crisis ocasionada por la COVID-19 ha impactado de lleno el ámbito laboral de nuestro país y son muchas las novedades que afectan tanto a empresas como a trabajadores. El objeto del presente artículo es analizar algunas de las que se nos vienen planteando.
Aunque la regla general de los contratos es que las cláusulas pactadas por las partes deben ser cumplidas en sus estrictos términos, una nueva regulación normativa derivada de la crisis sanitaria COVID-19 posibilita el aplazamiento del pago de la renta por parte del inquilino.
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