La apertura de una cuenta corriente bancaria a nombre de dos o más personas, lo único que comporta, en principio, es que cualquiera de esas personas, titulares de la cuenta, puede hacer operaciones y disponer sobre la cantidad total depositada, pero ello no supone que todos los que aparecen como titulares sean copropietarios de la cuenta por iguales partes. Intentaré explicarlo:
Este artículo nace a raíz de una Sentencia recientemente recaída en un asunto que llevamos desde nuestro despacho. Lo queremos compartir porque estamos seguros que muchos de nuestros lectores entraron alguna vez en una discoteca o en un bar de copas sin tener la edad legalmente exigida para ello, o bien tienen hijos que lo hacen actualmente o, sin duda, lo harán en un futuro próximo.
La protección del cliente bancario frente a las cláusulas suelo para profesionales y pymes es diferente de la existente con los particulares, dado que al no ser considerados aquellos como consumidores no tienen el amparo de la normativa relativa a los mismos (Texto Refundido de la Ley para la Defensa de Consumidores y Usuarios).
El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), ha declarado que la compraventa a particulares de objetos usados de oro y otros metales por parte de empresarios o profesionales queda fuera tanto del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) como del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en su modalidad de Onerosas (ITPO).
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