Devolución de impuestos indebidos en compraventa de objetos de oro y otros metales
El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), ha declarado que la compraventa a particulares de objetos usados de oro y otros metales por parte de empresarios o profesionales queda fuera tanto del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) como del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en su modalidad de Onerosas (ITPO).
Dicha resolución ha dado así la razón a este Despacho en las reclamaciones que ha efectuado, lo que ha supuesto que la Junta de Castilla y León haya tenido que reintegrar a nuestros clientes la totalidad de lo ingresado por la liquidación de los referidos impuestos.
¿Quiere más información sobre cómo reclamar?
[contact-form-7 id=»995″ title=»Contacto Principal»]
Etiquetas:Compro oro, Derecho fiscal, Devolución, Impuestos