LOS SORTEOS Y CONCURSOS POR INTERNET O REDES SOCIALES

Es un mecanismo que las empresas utilizan cada vez con más frecuencia con fines publicitarios. Es además una forma muy efectiva de actualizar e incrementar las bases de datos para utilizarlos en ulteriores campañas.

Otra ventaja es que generan una gran motivación entre los participantes y permite publicitar la empresa llegando a multitud de personas.

¿Qué diferencia hay entre un sorteo y un concurso?

La principal diferencia entre este tipo de promociones se encuentra en la fórmula para determinar al ganador y en los requisitos que se exigen al organizador.

  1. Sorteo: Rige el azar. El ganador no tiene que desarrollar ninguna acción concreta, sólo participar y el organizador tiene que cumplir con un requisito previo de pago, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o al organismo autonómico que corresponda, de una tasa equivalente al 20% del valor de los premios.
  2. Concurso: El ganador debe realizar una actividad concreta que luego es calificada por un jurado, teniendo en cuenta la habilidad o las aptitudes del participante.En el concurso no existe obligación de depósito previo para el organizador.

Tratamiento fiscal de los premios

En ambos casos, cuando el valor del premio supere los 300 euros, se habrá de retener en concepto de IRPF, el 19% del valor del premio en el momento de la entrega (es decir, cuando hay ganador). En las bases del concurso o sorteo debe establecerse de forma clara quién debe asumir esa retención, ya que puede ser tanto el organizador como el ganador.

¿Qué normativa es aplicable a los concursos y sorteos?

Es de aplicación la Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y comercio electrónico (LSSI), en cuanto a la forma de ofrecer la información en Internet. Pero tampoco puede perderse de vista la Ley de Propiedad Intelectual o la de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Las bases legales deben ser fácilmente accesibles y claras para todos los usuarios antes de su participación y durante toda la duración de la promoción. Se deberá incluir en las mismas información suficiente sobre quién es el organizador, los requisitos de participación, los premios, los plazos, cómo se determina el ganador, las limitaciones o exclusiones de participación, entre otros datos.

La aceptación de las bases legales, por parte del usuario, debe realizarse de forma expresa, por ejemplo, mediante la aceptación de un checkbox y debe incorporarse una política de privacidad. Aunque no es obligatorio registrar las bases ante notario, es recomendable cuando los premios son numerosos o de cuantía importante.

Departamento Derecho Civil SGVG Abogados

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