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ULTIMAS NOTICIAS SOBRE LAS HIPOTECAS MULTIDIVISA

Qué es la hipoteca multidivisa y que posibilidades hay de conseguir la nulidad de sus cláusulas.

“El Tribunal Supremo con la Sentencia de fecha 15 de Noviembre de 2017 abre la posibilidad a los afectados por estos productos de solicitar judicialmente la nulidad de estas cláusulas abusivas”.

Así comenzaba el artículo que se publicó en su día en nuestro blog.

POSIBLES PRACTICAS BANCARIAS ABUSIVAS | Condicionar la concesión de un préstamo hipotecario a la contratación de un seguro de vida de prima única.

Es habitual que algunas entidades bancarias condicionen la concesión de un préstamo a que el cliente primeramente suscriba alguno/s seguros, los más habituales son el seguro de Hogar, de Protección de Pagos y el Seguro de Vida, a este último dedicamos este artículo.

CLAUSULA ABUSIVA | IRPH (Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios)

Muy buenas noticias para los afectados: el Abogado General del TJUE ha presentado sus conclusiones el 10 de septiembre de 2019: considera que el IRPH puede ser abusivo por falta de transparencia.

En numerosas escrituras de préstamo/crédito hipotecario se incorpora una cláusula estableciendo que el tipo de interés de referencia aplicable para calcular el tipo de interés nominal anual variable, es el Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (I.R.P.H.) definido en la Resolución de 4 de Febrero de 1991, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera (B.O.E. de 9 de Febrero de 1991). El IRPH, es uno de los indicadores usados por las entidades financieras para referenciar los préstamos hipotecarios a interés variable.

La decisión del Pleno del TS y el IAJD

En el día de ayer, 6 de noviembre, el Pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo, adoptó por mayoría el acuerdo de mantener la doctrina que desde hace años ya tenía establecida conforme a la cual el sujeto pasivo en el otorgamiento de una escritura pública de préstamo hipotecario, a efectos del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), seguirá siendo la parte prestataria. Esta decisión modifica radicalmente la que a finales del pasado mes de octubre había adoptado la Sección Segunda de la misma Sala –competente en materia de Tributos- lo que supuso un vuelco de la doctrina imperante hasta el momento y que, como es sabido, ha ocasionado un verdadero “terremoto financiero”, con implicaciones no sólo económicas, sino políticas y judiciales.

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