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Guía para la Compraventa de Coches de Segunda Mano

Viene siendo habitual que los particulares adquieran vehículos de segunda mano a otros particulares, sin intervención de un intermediario profesional, especialmente en el mercado de coches clásicos. Además, en la actual situación de crisis ha derivado en que muchos propietarios se vean en la necesidad de deshacerse de sus vehículos y a otros muchos a la de adquirir el que necesitan en el mercado de vehículos usados. Esto ha dado lugar a un aumento del volumen de conflictos jurídicos en esta materia, teniendo en cuenta las condiciones y el contexto en el que se firman estos contratos de compraventa de coches.

Por todo ello, este decálogo pretende servir de ayuda a aquellos que se plantean la adquisición de un vehículo de segunda mano a un particular y evitar, en la medida de lo posible, algunos problemas típicos que con relativa frecuencia se vienen planteando en nuestro despacho.

1º Antes de comprar siempre conviene informarnos en la Jefatura de Tráfico si el vehículo está a nombre de la persona que nos lo va a vender y de los pormenores del mismo. Concretamente que no tenga multas o embargos o que figure a nombre de un tercero o de una financiera. El informe del vehículo cuesta menos de 10 € y nos va a evitar muchos problemas.

Conviene asimismo verificar si el precio del vehículo es el de mercado atendiendo a sus circunstancias de estado, antigüedad, kilometraje. Existen páginas web de tasación gratuita que nos pueden dar una idea aproximada del valor de mercado del vehículo que pretendemos adquirir.

El comprador debe revisar de forma meticulosa tanto el estado del vehículo, como su documentación, su ficha técnica, las últimas revisiones y, desde luego, el certificado de la última ITV pasada por el mismo.

4º No adquiramos el vehículo antes de probarlo. Que nos acompañe el propietario para comprobar su funcionamiento. Es el momento de preguntarle todas las dudas que se nos puedan plantear: si el vehículo ha tenido algún siniestro, si ha tenido más propietarios, cuál era el uso al que se destinaba… En fin, cualquier dato que nos pueda aportar información relativa al verdadero estado del vehículo.

5º Necesariamente hay que elaborar un contrato de compraventa por escrito. Ese contrato debe ser firmado por las dos partes y conviene que estén presentes ambas para evitar problemas de sustituciones que luego nos puedan plantear quebraderos de cabeza.

Debe tenerse en cuenta que la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios no afecta a la compraventa de vehículos entre particulares, contrariamente a lo que piensa mucha gente. Ello quiere decir que no vamos a tener un plazo de un año de garantía, del mismo modo que si lo compramos a un compraventa de vehículos de ocasión.

Es cierto que la compraventa entre particulares sí está sujeta al artículo 1.485 del Código Civil, el cual establece que el vendedor responde durante seis meses ante el comprador por los vicios ocultos del vehículo que pueda esconder en el momento de la compra, aunque los ignore. Ahora bien ¿de qué nos sirve ese plazo de seis meses de garantía si desconocemos el paradero del vendedor o, conociéndolo, es absolutamente insolvente?. Por ello, debemos cerciorarnos muy bien de a quién compramos el vehículo usado y del riesgo que asumimos con ello.

Normalmente las tasas y el impuesto de transmisiones patrimoniales los pagará el comprador. Las tasas son 50 € y el impuesto de transmisiones patrimoniales dependerá del valor de compra del vehículo. Por tanto, cuanto más elevado sea el precio que fijemos mayor será el impuesto. Existen unas tablas orientativas publicadas en el BOE dependiendo del modelo y año de matriculación del vehículo.

Hay un plazo de 30 días hábiles para el pago de este impuesto desde la fecha de la compra y se efectúa en la Delegación de Hacienda de la Comunidad correspondiente.

Con el DNI, el permiso de conducir y el justificante del pago del impuesto de transmisiones en un plazo de 30 días el comprador puede solicitar la transmisión del vehículo. El vendedor tiene 10 días para realizar el cambio de titularidad.

9º Cerciórese de que el vehículo está asegurado desde el primer momento en que comience a usarlo. A veces es suficiente con contactar con la aseguradora y proceder a un cambio de titularidad para continuar con el mismo seguro que tenía el vehículo, lógicamente reintegrando al anterior titular la parte de prima que no ha sido utilizada por el mismo.

10º Exija un recibo acreditativo de la cantidad satisfecha. Todos los documentos serán pocos si tiene que formular una reclamación contra el vendedor. Si se lo puede permitir, nunca estará de más el asesoramiento de un abogado durante todo el proceso de contratación, además las tarifas por este servicio no suelen ser muy altas. En cualquier caso, si después de la compra el vehículo tiene vicios ocultos y el vendedor no da soluciones, lo mejor será que acuda a un profesional. Consulte nuestros servicios.

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