Con ocasión del Día del trabajador el 1 de mayo presentamos este nuevo artículo de curiosidades del derecho inglés donde nuestro colaborador Andrés Martínez Morán analiza la peculiar regulación de esta institución en el ordenamiento jurídico británico.
A estas alturas todo el mundo sabrá que en el periodo de apenas un mes tendrán lugar todas las principales citas electorales de nuestro país. El próximo 28 de abril serán las elecciones generales y el 26 de mayo las municipales, autonómicas y europeas. Las probabilidades de que a un buen número de ciudadanos les toque asistir a las mesas electorales en calidad de presidentes, vocales o suplentes en los próximos meses son altas. Inevitablemente la primera pregunta que se les pasará por la mente será ¿Puedo librarme de este fastidio?
Civil Law1 y common law2 son los dos grandes sistemas de derecho en Occidente cuya conceptualización y delimitación es bastante compleja: las diferencias entre los dos son numerosas a la par que ambos están en continua evolución. De cualquiera de las maneras, esta división llega a tener grandes repercusiones sobre la política mundial y muchas veces llega a plasmarse en la cultura popular.
Primero fue el parlamento italiano el que a principios de marzo aprobó un proyecto de ley para ampliar el derecho a la legítima defensa, y esta semana Vox, en plena campaña electoral, ha realizado una similar propuesta en España, abriendo un debate que hasta ahora era tabú en nuestro país. Dada la confusión, e incluso temor, que tal propuesta ha generado, presentamos este artículo en el que se analizan los pormenores de la misma para intentar así arrojar algo de luz sobre el asunto.
En la mayor parte de los países los beneficios empresariales están gravados a través de un impuesto distinto del que grava las rentas personales –así, en España existe el Impuesto de Sociedades (IS)–. Sin embargo, los dividendos pagados por las sociedades mercantiles a sus accionistas, así como las ganancias patrimoniales obtenidas al enajenar estos sus acciones, también tributan a nivel personal –en el caso de España, a través del IRPF–, lo cual nos podría llevar a concluir que se trata de una situación de doble imposición económica, es decir, una misma renta sujeta a más de un gravamen, aunque sea en personas distintas.
Si usted tiene un problema jurídico puede contactar con nosotros a cualquier hora por email o por teléfono 987253012.
Si prefiere contárnoslo en persona también puede pedir cita, o bien acudir sin cita previa a nuestro despacho en el centro de León de 8.00 a 14.00 h de lunes a viernes.
Su Consulta
El ignorante afirma, el sabio duda y reflexiona.
Aristóteles
Para saber hablar es necesario saber escuchar.
Plutarco
Nada se sabe bien sino por medio de la experiencia.
Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies